Certificado Energético Galicia
¿Cómo es la eficiencia energética de mi inmueble con respecto a los demás?
Según informe de diciembre de 2017, del Ministerio de Energía, en Galicia existen 116.419 certificados realizados de viviendas, locales y edificios.
De este certificado energético en Galicia, las calificaciones son:
A – 474 – 0.4%
B – 1.056 – 0.9%
C – 6.676 – 5.7%
D – 17.143 – 14.7%
E – 53.383 – 45.9%
F – 15.858 – 13.6%
G – 21.829 – 18.8%
Si sabes la calificación energética de tu inmueble, puedes compararla en el gráfico con los demás.
Más info aquí
El propietario o promotor deberá presentar, una vez obtenido, este certificado de eficiencia energética ante la Comunidad Autónoma para proceder a su registro. El Registro de Certificados de Eficiencia Energética de edficios en Galicia se realiza en el Instituto Enerxético de Galicia – INEGA . Nosotros lo hacemos por ti.
El procedimiento será exclusivamente telemático.
En este enlace consulta pública se puede acceder a los certificados de edificios ya registrados.
Deducción Fiscal por Obras de Mejora de Eficiencia Energética en Edificios
Para poder acogerse a la deducción fiscal por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares, el interesado tras la inscripción del certificado de eficiencia energética del inmueble reformado, deberá presentar el anexo III normalizado aprobado mediante la Resolución de 26 de diciembre de 2019 acompañado de la siguiente documentación:
– Informe firmado por técnico competente que justifique el salto de letra conseguido con las mejoras, según el modelo que consta en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios da Comunidad Autónoma de Galicia (descargar modelo de Informe).
– La totalidad de las facturas correspondientes a las obras de mejora de eficiencia energética objeto de deducción así como las relativas a la obtención del certificado de eficiencia energética.
– Los justificantes de pago de estas facturas.
– En el caso de que las obras de mejora se realicen en un edificio en régimen de propiedad horizontal, certificado de las aportaciones económicas correspondientes a cada comunero.
La presentación de este formulario y de la documentación que lo acompaña podrá realizarse hasta que expire el plazo para presentar la autoliquidación correspondiente al periodo impositivo en el que se termine la obra de mejora energética objeto de deducción, a través de la plataforma electrónica del Registro de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad Autónoma de Galicia (RGEEE).
Más info 👉https://abingenieros.es/deduccion-fiscal-por-obras-de-mellora-de-eficiencia-enerxetica/
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